EXCMO.
AYUNTAMIENTO DE ARACENA
COMUNICADO DE PRENSA
En relación con la información procedente de la
Agencia EFE en Huelva y difundida en diversos medios de comunicación en el día
de ayer, referente a la “Ordenanza municipal sobre protección, tenencia y venta
de animales de compañía y potencialmente peligrosos en el término municipal de
Aracena”, desde este Ayuntamiento se realizan las siguientes consideraciones:
– Que dicha normativa
municipal se aprobó definitivamente en la sesión plenaria de este Ayuntamiento
celebrada el pasado 31 de enero, tras su correspondiente proceso de exposición
pública y consideración de las alegaciones presentadas, siendo de aplicación
tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia del 27 de marzo.
Sorprende por ello que los medios de comunicación se hagan eco de la misma
después de casi siete meses de su entrada en vigor y sorprende, aún más, que se
falsee el contenido de un texto legal que está publicado oficialmente y que,
por tanto, está a disposición de todo el que desee consultarlo.
– Que el objeto de dicha
ordenanza es regular en el ámbito del municipio la tenencia y venta de
los animales de compañía, garantizando su protección, respeto y defensa al
tiempo que se trata de armonizar la convivencia de los mismos y las personas,
evitando posibles riesgos para la sanidad ambiental, la salud, la tranquilidad
y la seguridad de personas y bienes. Todo ello, en base a la normativa estatal
y autonómica vigente, especialmente la Ley del Parlamento andaluz 11/2003.
– La referida ordenanza
municipal consta de 42 artículos, por lo que no procede en este momento una
exposición detallada de la misma (está a disposición de todo el que tenga
interés en consultarla en el BOP de Huelva de 27 de marzo de 2012 y en la página
web del Ayuntamiento de Aracena www.aracena.es), pero sí queremos denunciar la
falsedad de algunas de las afirmaciones realizadas desde EFE.
– Así el artículo 9 de la
Ordenanza dice literalmente: “Con carácter general, se autoriza la tenencia de
animales de compañía en los domicilios particulares siempre que las
circunstancias de alojamiento en el aspecto higiénico y el número lo permitan,
y que no se produzca ninguna situación de peligro e incomodidad para los
vecinos o para otras personas en general. En cualquier caso, en el supuesto de
perros y gatos, su número total no puede superar los cinco animales, salvo que
se obtenga la correspondiente autorización especial de los Servicios
Municipales competentes...La crianza de animales de compañía en domicilios
particulares está supeditada al hecho de que se cumplan las condiciones de
mantenimiento higiénico-sanitarias, de bienestar y de seguridad para el animal
y para las personas ”. No sabemos, por tanto, de dónde sacan que se limite la
tenencia como animales domésticos a un perro, dos gatos y dos pájaros en las
viviendas plurifamiliares (pisos), o que se fijen limitaciones en las viviendas
unifamiliares en función de los metros del patio o corral, o que las hembras
sólo puedan parir una vez en las viviendas... nada de ello se recoge en ningún
punto de la Ordenanza, aunque curiosamente coincide en gran medida con alguna
de las alegaciones presentadas por el Partido Popular de Aracena en la
tramitación de la referida ordenanza y que fue rechazada por el Pleno
Municipal.
– Lamentamos que se difunda
como presunta información lo que es una tergiversación de una normativa pública
que resulta meridianamente clara y que se hagan eco de ello sin contrastar su
veracidad diversos medios de comunicación. Aunque el daño ocasionado a este
Ayuntamiento es difícilmente reparable (ya se sabe, “calumnia que algo queda”)
exigimos una rectificación a cuantos medios han difundido una información que
falta manifiestamente a la verdad.
– Finalmente, queremos
precisar que la aprobación de esta normativa municipal (aprobada para dar
respuesta a las numerosas quejas recibidas en este Ayuntamiento sobre la
materia y que durante los siete meses que lleva aplicándose no ha generado
ningún problema) forma parte de un conjunto de actuaciones para concienciar a
los propietarios de mascotas sobre sus responsabilidades y crear los
instrumentos y medios que permitan al Ayuntamiento garantizar la convivencia
entre personas y animales de compañía, tales como campañas informativas, instalación
de zonas adecuadas para que los animales defequen (“pipican”), obsequio de
portabolsas para la recogida de deposiciones, establecimiento de un servicio de
recogida de animales
vagabundos...
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